Permanencia

En Enseñanzas Elementales

En Enseñanzas Elementales el límite de permanencia es de cinco años académicos, no se puede permanecer más de dos años académicos en un mismo curso. Para el alumnado que inicia estas enseñanzas en un curso distinto al de primero, el límite de permanencia se calculará detrayendo del máximo establecido (cinco), el número de años correspondiente a los cursos anteriores al que accede.

El alumnado que haya agotado los años de permanencia sin finalizar sus estudios podrá solicitar, con carácter excepcional, la ampliación en un año del límite de permanencia.

Requisitos

  1. Supuestos de enfermedad grave u otras circunstancias que merezcan igual consideración.
  2. Existencia de plaza escolar vacante en la especialidad correspondiente.

Calendario

Desde el día siguiente a la publicación de las calificaciones ordinarias de junio, hasta el 30 de junio.

Tramitación telemática

Este trámite solo puede realizarse de manera telemática.

  1. Acceda a la Secretaría Virtual de los centros educativos andaluces, escoja el trámite Presentación Electrónica General en Centros Educativos y cumplimente el formulario indicando como código de centro 29700281.
  2. En el apartado «Expone» indique el nombre, curso, especialidad y DNI del alumno o alumna que desea ampliar la permanencia.
  3. En el apartado «Solicita» indique que desea ampliar la permanencia en las Enseñanzas Elementales.

Otra información importante

  • La permanencia en Enseñanzas Elementales no podrá superar, en ningún caso, los seis años académicos.
  • La ampliación de permanencia sólo se podrá conceder una vez por cada Enseñanza y especialidad.
  • Requiere informe del profesorado y aprobación del Consejo Escolar.

En Enseñanzas Profesionales

En Enseñanzas Profesionales el límite de permanencia es de ocho años académicos, no se puede permanecer más de dos años académicos en un mismo curso, excepto en sexto. Para el alumnado que inicia estas enseñanzas en un curso distinto a primero, el límite de permanencia se calculará detrayendo del máximo establecido (ocho), el número de años correspondiente a los cursos anteriores al que accede.

El alumnado que haya agotado los años de permanencia sin finalizar sus estudios podrá, con carácter excepcional, solicitar la ampliación en un año del límite de permanencia.

Requisitos

  1. Supuestos de enfermedad grave u otras circunstancias que merezcan igual consideración, a saber:
    • Enfermedad o accidente de la persona solicitante que motive ingreso hospitalario, inmovilización domiciliaria o que conlleve incapacidad y que por su duración impidan cursar con aprovechamiento las enseñanzas.
    • Lesión (ósea, muscular, nodular, tendinitis…) que no siendo grave, afecte directamente a la ejecución del instrumento/voz.
    • Desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las Enseñanzas Profesionales de Música.
    • Cursar estudios universitarios u otros de nivel superior que causen incompatibilidad con las Enseñanzas Profesionales de Música.
    • Guarda legal de menor o cuidado de familiar dependiente.
    • Otras circunstancias excepcionales que impidan el normal desarrollo de los estudios, debidamente motivadas y justificadas.
  2. Existencia de plaza escolar vacante en la especialidad correspondiente.

Calendario

Desde el día siguiente a la publicación de las calificaciones de las pruebas extraordinarias de septiembre, hasta el 20 de septiembre.

Tramitación telemática

Este trámite solo puede realizarse de manera telemática.

  1. Acceda a la Secretaría Virtual de los centros educativos andaluces, escoja el trámite Presentación Electrónica General en Centros Educativos y cumplimente el formulario indicando como código de centro 29700281.
  2. En el apartado «Expone» indique el nombre, curso, especialidad y DNI del alumno o alumna que desea ampliar la permanencia.
  3. En el apartado «Solicita» indique que desea ampliar la permanencia en las Enseñanzas Profesionales.

Otra información importante

  • La permanencia en Enseñanzas Profesionales no podrá superar, en ningún caso, los nueve años académicos.
  • La ampliación de permanencia solo se podrá conceder una vez por cada enseñanza y especialidad.
  • Requiere informe de la Dirección del Centro y del Servicio de Inspección así como aprobación de la Dirección General competente.
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